SAT ofrece regularización fiscal para pequeños contribuyentes

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Este programa busca facilitar la regularización de adeudos correspondientes a ejercicios fiscales 2023 y anteriores.

 SAT ofrece regularización fiscal para pequeños contribuyentes

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció un incentivo fiscal dirigido a personas físicas y morales con ingresos de hasta 35 millones de pesos. Cabe mencionar que este programa busca facilitar la regularización de adeudos correspondientes a ejercicios fiscales 2023 y anteriores, aplicando beneficios como la condonación total de multas, recargos y gastos de ejecución.  

El estímulo, contemplado en la Ley de Ingresos de la Federación 2025, está diseñado para contribuyentes que cumplan ciertos criterios, como no haber recibido condonaciones previas en los programas de 2000, 2007 y 2013, no contar con sentencias firmes por delitos fiscales, y no estar incluidos en los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF).  

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?  

El programa contempla los siguientes supuestos para la aplicación del estímulo:  

Contribuciones omitidas actualizadas:  

Los contribuyentes en esta situación pueden solicitar su línea de captura a través del Portal del SAT, ya sea en línea o mediante cita presencial, para realizar el pago en una sola exhibición.  

Sujetos a auditorías fiscales:  

Aquellos bajo facultades de comprobación podrán autocorregirse y subsanar irregularidades detectadas antes de recibir una resolución formal por parte de la autoridad.

Créditos fiscales con pago a plazos:

Los contribuyentes que mantengan saldos pendientes al 1 de enero de 2025 podrán liquidarlos en una sola exhibición y solicitar el descuento correspondiente.

Créditos fiscales firmes:  

Este beneficio aplica para contribuyentes con créditos determinados por la autoridad que no han sido impugnados, o que acepten desistirse de algún medio de defensa en curso.  

En los dos últimos casos, los contribuyentes podrán realizar pagos en hasta seis parcialidades, siempre que no estén en concurso mercantil o quiebra, y cumplan con las fechas de vencimiento.  

La solicitud debe presentarse mediante el Portal del SAT, en oficinas presenciales o a través de la Oficina Virtual. La aceptación del programa implica suspender el procedimiento administrativo de ejecución y la interrupción de los términos de prescripción, siempre que el contribuyente acepte íntegramente el crédito fiscal en cuestión.  

Es importante destacar que el estímulo no se considera ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta, y no generará devoluciones, deducciones ni acreditamientos.  

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